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Requisitos de Ingreso
Art.6
de los
presentes estatutos
para ser miembro titular se
deben llenar los siguientes
requisitos:
A) haber recibido
entrenamiento formal por
un minimo de tres años
en una escuela de
otorrinolaringología
reconocida, tanto
nacional como
extranjera.
B) presentar copia
del diploma que lo
acredite Como
especialista.. No se
aceptaran para los fines
las certificaciones.
Parrafo
unico: los
diplomas deberan estar
debidamente legalizados
por las autoridades
consulares acreditadas
en el pais donde se
expida dicho
certificado. En caso de
no existir consulado, se
podran legalizar en el
consulado mas proximo al
lugar de expedicion.
Presentar un resume de
las actividades
desarrolladas durante su
entrenamiento;
(procedimientos,
ponencias cientificas
etc.) Las cuales deberan
estar firmadas por el
director de la
residencia.
C) debera presentar
una ponencia cientifica
0 su trabajo de tesis
para optar por el titulo
de la es pecialidad.
Dicho trabajo se
presentara en el curso
del congreso anual 0
durante una de las
jornadas cientificas.
D) debera ser miembro
titular de la amd.
E) debera llenar el
formulario de solicitud,
avalado por 2 miembros
titulares y pagar la
cuota establecida.
F) en caso de los
medicos extranjeros
deberan cumplir con
todos los requicitos
anteriores, ademas de
llenar todas las leyes
vigentes y los articulos
contenidos sobre, el
particular en los
estatutos de la
asociacion medica
dominicana.
Art. 7:
podran ser miembros
honorificos todas aquellas
personas especialistas o no,
cuyos meri tos y/o aportes
al desarrollo de la
especialidad le ameriten tal
distincion.
Parrafo 1:
la proposicion para
miembro honorifico
debera ser hecha por 5
miembros titulares,
conocida por la junta
directiva y presentada a
la asamblea ordinaria
para su aprobacion.
Parrafo 2:
la solicitud
debe contener el
curriculum del propuesto
y los meritos que lo
hagan merecedor de la
distincion.
Art.8:
se pierde la condicion de
miembro titular u honorifico
en caso de:
A) haber sido
condenado por el
tribunal disciplinario
de la amd, 0 por los
tribunales judiciales
del pais.
B) por la
inasistencia a tres
reuniones cientificas de
manera consecutivas sin
causa
valedera.(enfermedad,
viajes al exterior etc)
C) por la comision de
actos que perjudiquen a
la sociedad o al
ejercicio de la
profesion en el
territorio nacional.
Parrafo
unico: la
condicion de miembro
titular se recupera
cuando cesen las causas
que dieron origen a la
suspension.
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