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Definiciones y Objetivos
Art.4 de
los estatutos vigentes:
La sociedad de otorrino
tendra como objetivo basico
la agrupacion de todos los
medicos otorrinolaringologos
que ejerzan en el territor1o
nacional. Promovera
actividades cientificas
relacionadas con la
especialidad, ademas de
aseso- rar a la amd, las
universidades y cualquier
otra institucion en lo
referente a la enzeñanza y
promocion de los topicos que
incluye la misma.
Modificacion
propuesta
TITULO 2
Fines y objetivos de la SDO
Art. 7
Areas de Interés
Los fines de la SDORL-CCC se
agrupan en tres áreas de
interés:
Científico-Académicos,
Gremiales, Sociales
Art. 8
Fines Científico-Académicos
:
a) Es objeto
fundamental de esta
Sociedad el estudio
teórico y práctico de la
especialidad y de
cuantos temas
científicos ofrezcan
relación con dicha rama
de las ciencias médicas,
declarando de interés
prioritario la Formación
Médica Continuada, la
formación de residentes,
la enseñanza pregrado de
la especialidad y el
fomento de la
investigación científica
en ORL y ciencias
básicas afines
b) Elevar el nivel de
conocimiento de
contenidos de ORL y el
dominio de las tecnicas
probadas y aceptadas en
la especialidad
realizando cursos,
congresos, charlas,
reuniones, entrevistas,
presentaciones,
folletos, libros y otras
actividades dirigidas a
médicos, estudiantes de
medicina, personal
sanitario y público en
general.
c) Facilitar la
revisión, discusión y
actualización de
conocimientos y la
educación continuada en
temas de la
especialidad.
d) Estimular la
adquisición y adopción
de nuevas técnicas
diagnósticas y
terapéuticas en ORL
e) Fomentar la
participación de la
SDORL-CCC y sus miembros
en congresos y
actividades científicas
nacionales y en el
exterior. Participar en
los colectivos que
agrupen diversas
sociedades científicas
f) Coadyuvar en el
proceso de certificación
y recertificación de los
especialistas ORL en el
país.
g) Acreditar y
certificar actos de
formación médica
continuada.
Art. 9
Fines Gremiales
a) Defender los
derechos de sus miembros
en el aspecto laboral
procurando asegurarles
un ejercicio libre,
actualizado, etico y
adecuadament remunerado
de la
otorrinolaringología.
b) Velar por el
prestigio profesional de
sus asociados y el
cumplimiento de los
principios
deontológicos.
c) Combatir todas las
formas de ejercicio
ilegal de la
especialidad, intrusismo
de médicos generales, de
otros especialistas o de
extranjeros no
autorizados.
d) Elaborar y
mantener actualizado el
nomenclator de la
especialidad
e) Negociar con las
compañías de seguro las
prestaciones económicas
mínimas por los actos
médicos recogidos en el
nomenclátor
Art. 10
Fines Sociales
a) Ostentar la
representación de la
especialidad ante las
personas, la comunidad y
sus instituciones.
b) Velar por que el
desarrollo y la práctica
profesional de la
Otorrinolaringología se
cumplan dentro de las
Normas Legales y
Deontológicas.
c) Apoyar el fomento,
prevención y
rehabilitación de la
salud en lo atinente a
la Otorrinolaringología,
divulgando los problemas
médico-sociales en
relación con la
patología de Oídos,
Nariz, Faringe, Laringe,
Cirugía Plástica Facial
y Reconstructiva, Trauma
Facial, Cirugía de
Cabeza y Cuello, Cirugia
de base de cráneo,
Alergia en ORL y cuantos
nuevos campos se
exploren en la
especialidad.
d) Intervenir como
suprema autoridad
académica cuando sea
requerida o lo considere
necesario, en
dificultades o
conflictos
profesionales, con las
instituciones oficiales
y privadas o con alguno
de sus miembros o
médicos que ejerzan la
especialidad, emitiendo
informes en los procesos
judiciales cuando sea
requerida para ello.
e) Apoyar y liderar
los procesos de adopcion
de normas y protocolos
de atencion médica
atinentes a la
especialidad.
f) Formar parte de
Tribunales creados para
la provisión de plazas
de la Especialidad de
Otorrinolaringología
cuando para ello sea
requerida.
g) Mantener programas
sociales para los
miembros que les
permitan obtener ayuda
en caso de necesidad o
tragedia.
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